HIPOTECA INVERSA

 Hipoteca Inversa

Es una hipoteca con unas características  especiales:
.- Solo se otorga a mayores de 65 años o afectadas de dependencia o personas a las que se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

.- Se realiza sobre la vivienda habitual, que tiene que ser tasada y asegurada.

.- La deuda sólo sea exigible cuando el propietario fallezca.

Consiste en que se hipoteca la vivienda habitual, en el que el banco abona la cantidad determinada  de una sola vez o mensualmente.

Al fallecimiento del último de los cónyuges,  los herederos en un plazo de más o menos 6 meses tienen que abonar el principal y los intereses  (no la cancelación de la hipoteca) si no lo hacen el banco ejecuta la hipoteca y puede embargar y cobrar tanto del piso hipotecado como de  cualquiera  de los bienes que componen la herencia.
Hay bancos que los intereses se abonan mensualmente y los herederos sólo tiene que pagar el principal 

Como se determina el dinero que me van a dar  de acuerdo  con el valor de tasación y el tiempo que el banco entienda que va a vivir el solicitante.

La ventajas fiscales es que no se paga el impuesto de trasmisiones y actos jurídicos documentados, el notario  (cuantía indeterminada) y el registro tienen bonificaciones y en IRPF no se abona por entenderse que es un préstamo el tiempo determinado en la hipoteca.

Si se hace sobre otra vivienda no habitual no tiene esas ventajas fiscales

Cuando se firma se hace un seguro de renta vitalicio  para cubrir  el caso que el solicitante no fallezca cuando se ha determinado y que cubre hasta su muerte. 
Como el solicitante sigue siendo dueño abonas impuestos,  comunidad propietarios y gastos.

Es  obligatorio  que  las entidades a dar un asesoramiento independiente (que paga el cliente) y dar una oferta vinculante.
No ha tenido ningún éxito este producto bancario por dos razones:
.- Fecha en que aparece en España (2007) ya hay indicios de crisis en el sector inmobiliario.
.- Los bancos no han tenido ningún interés en comercializar este producto.

Donde más se ha vendido es en Cataluña 
La diferencia con la renta vitalicia es que en esta se trasmite la nuda propiedad y en la hipoteca inversa se conserva la propiedad.