1.
JUSTIFICACIÓN
En este trabajo se analiza la visibilización y
reconocimiento de mujeres tituladas en derecho en la ciudad de Madrid a través de su callejero, y las razones que explican su falta de
visibilización y reconocimiento.
Las mujeres son las grandes ausentes en la historia de
la humanidad, y la mayor parte de las veces
si se les nombra es por estar
vinculadas o relacionadas con un hombre.
La historia se escribe con nombres de hombres siendo
invisibles las mujeres, y ello a pesar de sus innegables aportaciones en la
vida social, familiar, laboral, económica, cultural, artística y científica,
faltando el reconocimiento de su contribución a la sociedad (2ª Conferencia Mundial
Naciones Unidas Copenhague 1980).
Si en general
es cierta la afirmación Lo que no se ve, no existe, en relación a las mujeres lo es aún más, y por ello, cualquier logro
conseguido por una mujer tiene mucho más
mérito que el logro conseguido por un
hombre
Dos son, entre otras, las razones de la escasa visibilidad de las mujeres: la falta
de oportunidades en acceder a la educación y la desigualdad en el mundo laboral, figurando estas dos razones
entre las doce esferas a trabajar en la IV Conferencia Mundial Naciones Unidas en 1995 que aprobó la Plataforma de Acción de Beijing.
La forma de “visibilizar a las mujeres”, es mostrar
sus méritos y logros en las diferentes áreas, pudiendo utilizarse elementos
de la vida
cotidiana (calles, plazas, jardines, monumentos etc.) para
contribuir a que se conozca
el papel que han tenido en
la sociedad y sirviendo de
inspiración para nuevas generaciones.
En el libro Memoria de Mujeres en el callejero de Madrid
(2004) de la Concejalía de Empleo y Servicios al Ciudadano del Ayuntamiento1
se reconoce las pocas mujeres a las que Madrid ha rendido homenaje:
.. pocas son las mujeres, reales o de ficción,
a las que Madrid ha rendido el homenaje de dedicarles una calle, una plaza, un
monumento. Simbolismo, memoria, poder o reconocimiento público han sido
particularmente cicateros con las mujeres, indicando así no solo la dificultad
de éstas para acceder a tales reconocimientos sino también, a la vista de las
que lo han conseguido, lo excepcionales que han tenido que ser sus biografías
Pensemos que ya se perdió una gran oportunidad de
reivindicar los logros de mujeres abogadas al no darle el nombre de una de ellas a la antigua calle de Capitán Haya,
donde se encuentran los conocidos como Juzgados
de Plaza de Castilla, y que no se deben perder
más ocasiones en dar a conocer a
estas ilustres mujeres.
2. RAZONES
DE LA NULA VISIBILIDAD DE LAS MUJERES
2.1 El desigual acceso a la educación de
las mujeres. La universidad española y
las mujeres
En la España
del siglo XIX y XX
se entendía la existencia de
distintas capacidades entre hombre y mujeres, mientras la mujer sólo necesitaba educación y debía permanecer
en la esfera privada, el hombre necesita
formación y su sitio estaba en la esfera pública.
La
Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 18572 determinaba
en su artículo 7 que la enseñanza elemental (de 6 a 9 años) era
obligatoria para todos los españoles, y en su artículo 5 que en” las enseñanzas elemental y superior de las niñas se omitirán los estudios de Breves Nociones de Agricultura, Industria y Comercio,
según las localidades reemplazándose
con:
Primero. Labores propias del sexo, Segundo. Elementos
de Dibujo aplicado a las mismas labores, Tercero. Ligeras nociones de higiene
doméstica”.
Poco a poco
las mujeres van ocupando su puesto en la
sociedad y reclaman
educación y trabajo y así en el primer número de la revista quincenal “Instrucciones para la Mujer”3
de marzo de 1882 se puede leer:
“Nadie pondrá en duda que la obra de procurar
instrucción a la mujer es una obra útil y
buena. Es buena, porque si la verdad y la justicia son el alimento del
alma, la mujer tiene derecho a qué no se le prive de él; ella, como el hombre, está dotada de
energías y necesidades intelectuales que piden desarrollo y satisfacción, cosas
que sólo pueden proporcionarles la educación y la enseñanza..”
En fecha 29
de enero 1882 el Consejo de Instrucción Pública4 dictamina en relación a la solicitud de Elena
Maseras Rivera y Dolores Riera para que
se les admitiese a cursar los
estudios del Doctorado de Medicina y se les autorizase para obtener los títulos
de Licenciatura y Doctorado:
Que es de
muy alto interés facilitar los estudios de la mujer, fomentando y ampliando
desde luego las enseñanzas actuales. Lo
es además preparar reformas legislativas que constituyan un plan de enseñanza
de la mujer, dando en él gran importancia a los estudios de aplicación, más
interesantes que los especulativos, atendidas las condiciones de su sexo
La Real
Orden de 11 de junio de 1888 determinaba
la necesidad de autorización de la superioridad para matrícula oficial a las
mujeres, fue derogada por la Real Orden5
publicada en fecha 9 de marzo de 1910 determinando en relación con la necesidad de autorización de
matriculación que “la consulta no suponía limitación de derecho pero si
incomodidad y dada que la legislación instrucción pública es no hacer
distinción por razón de sexo”.
En fecha 1
de septiembre de 19116se dicta el Real Decreto que reorganiza la
Escuela Superior del Magisterio señalando que “el número de plazas que
invariablemente se proveerá en el ingreso será de 40: 20 de varones y 20
de mujeres”
Se dicta la
Real Orden de 2 de septiembre de 19107 para habilitar los títulos académicos
expedidos a mujeres.
En 1915 se inaugura la Residencia de Señoritas que dirigirá María de Maeztu,
con el objeto, entre otros, de preparar
a las mujeres que quisieran ingresar a la universidad,
El
7 de marzo de 1920 se constituye la
Juventud Universitaria Femenina con la idea de comprometer a las jóvenes universitarias en la defensa de sus intereses como
estudiantes y profesionales.
Fue noticia en la revista Nuevo Mundo8 de
13 de enero de 1922 la licenciatura de Carmen López Bonilla:
Hace poco la señorita Carmen López Bonilla obtuvo la
licenciatura de Derecho. El Foro español se ha abierto pues, a las mujeres. Los
litigantes de ambos sexos pueden, desde hoy, ensayar esta nueva abogacía,
contrastando con la varonil. ¿Será mejor?. ¿Será pero?.
En
fecha 27 de abril de 1924 se publica la Real Orden de 23 de marzo9
por el que se deniega a María del Carmen López Bonilla el poder
concurrir a oposiciones a plaza de notarios y registradores de la propiedad “por
la posible exigencia de responsabilidad civil y la necesidad de la licencia
marital”.
En fecha abril de 1928 seis estudiantes de
derecho (Blanca Gayoso, María Palancar, Josefina Carabia, María del Carmen
Martínez, Celina Iñiquez, Elena Márquez,
Encarnación Corrales) visitaron al ministro de Gracia y Justicia Don
Galo Ponte y Escartin para pedirle que autorizase a las mujeres
abogados para ser Registradores de la Propiedad, Notarios y Jueces al
igual que los hombres.10
2.2 Desigualdad en el mundo laboral
El acceso al mundo laboral por parte de las mujeres ha sido y es un
camino plagado de obstáculos, y en el mundo del derecho no podía ser de otro
modo y así nos encontramos:
Mediante
Decreto de 13 de mayo de 193211 se autorizó a las mujeres para
examinarse de secretario judicial, siendo nombrada como secretaria judicial de
entrada a María Victoria Yribe Laso en el Juzgado de Primera Instancia de Requena
por Orden de 28 de agosto de 1937.12
Mediante
Decreto de fecha 29 de abril de 193113 se autoriza a las mujeres
para poder opositar a notarias y registro de la propiedad; las primeras notarias son Consuelo Mendizabal
Álvarez que ingresa en 1942, Margarita
Baudín Sánchez en 1944 y Carolina
Bono Huerta en 1947, en
1941 y 1946 entraron en el Cuerpo siete aspirantes:
Beatriz Blesa Rodríguez, María de los Ángeles Torcida Fuente, Celia Puente Ojea, Carmen Bono Huerta, todas ellas en la
promoción de 1941 y María Teresa
Guerreira Marcos, Ana Viola Sauret y
Carmen Gomà i Roger, en la de 1946.14
Por Orden Ministerial de 18 de noviembre de 194815
se reconoció a las mujeres que habían iniciado la carrera antes del año 1945 la
posibilidad de opositar a registros y gracias a esta Orden hubo una mujer que
ingresó en la promoción del año 1954, Encarnación Torres Vida.
Por Orden de 29 de diciembre de 196516 se
autoriza a las mujeres a opositar a registradores de la propiedad.
Mediante
Decreto de 6 de mayo de 193317 se autoriza a las mujeres para ser
procuradores; Eulalia
Ruiz de Clavijo fue la primera mujer
procuradora de España18.
En
1933 Margarita Salaverría Galárraga19 aprueba con 22 años las oposiciones al cuerpo diplomático, con destino al Ministerio de Estado
prohibiéndose en la época franquista el
acceso a la mujer a la carrera diplomática hasta 1964.
La
solicitud de Teresa Argemí Maliá, licenciada en Derecho, para que se declarase
si las mujeres podían o no opositar a
las carreras de fiscal, fue
denegada mediante Orden de 16 de noviembre
de 1934.20
La Ley 56/1961 de 22 de julio21 sobre
derechos políticos profesionales y de trabajo de la mujer, reconoce a la mujer:
los mismos derechos que al varón para el ejercicio de
toda clase de actividades políticas, profesionales y de trabajo, pudiendo la mujer puede ser designada
asimismo para el desempeño de cualquier cargo público del Estado,
Administración Local y Organismos autónomos dependientes de uno y otra y autorizando
a participar a las mujeres en
oposiciones, concursos-oposiciones y cualesquiera otros sistemas para la
provisión de plazas de cualesquiera Administraciones públicas, excepto en “La
Administración de Justicia en los cargos de Magistrados, Jueces y Fiscales,
salvo en las jurisdicciones tutelar de menores y laboral.
Hasta la Ley 96/1966 de 28 de diciembre22
no se suprime esta prohibición.
En el Decreto 315/196423 de 7 de febrero
por el que se aprueba la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado en
su artículo 30. 2 se determina que “La
mujer puede participar en las pruebas selectivas para el ingreso en la Administración
pública, conforme a la Ley 56/1961, de 22 de julio”
La primera mujer jueza
fue María Jover Carrión en 1972, y primera fiscal María Belén del Valle Díaz en 1974, y la
primera magistrada del Tribunal Supremo fue Milagros Calvo Ibarlucea en 2002.
La primera decana en el Colegio de Abogados de Barcelona fue
Silvia Giménez salinas (2005) y en el Colegio Abogados de Madrid fue Sonia Gumpert Melgosa (2012), la primera
Presidenta de la Abogacía Española fue Victoria Ortega Benito (2016).
3. PRIMERAS MUJERES EN LA FACULTAD DE
DERECHO EN ESPAÑA
Concepción
Arenal fue la primera mujer en asistir a una facultad de
Derecho, (Universidad Central de Madrid) entre los años 1841 y 1846, como oyente y vestida de hombre,
después de ella la primera mujer que accedía a una
Universidad de Derecho en España, fue
María Ana Ramona Vives en la Facultad de
Barcelona en 1877, que no finalizó sus estudios, siguiéndola Teresa Andrés Hernández que tampoco finalizaría.
En 1894-95 se inscribieron Esther Alonso López y
Juliana Campo González en la Facultad de Derecho de Madrid, dos años más tarde
ambas convalidaban sus estudios para continuar y finalizar con éxito un
itinerario académico en Filosofía y Letras. En 1907, y hasta 1912, Matilde Torrejón Bartolomé se matriculó sin
concluir sus estudios, volviéndose a matricular en 1933-1934 de una asignatura
sin llegar a examinarse.24
Carmen López Bonilla
ingresa en la Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid en el curso
1915-1916, siendo la primera mujer en España en conseguir el título de Derecho.
Juliana Izquierdo Moya en 1961 obtuvo la licenciatura
de Filosofía y posteriormente se licenció en Derecho, adhiriéndose a la
Federación de Mujeres Universitarias, representando a María de Maeztu en el
Congreso de Londres.
También
se creé que María de Maeztu se
matriculó en 1909 de Derecho Natural en
la Universidad de Salamanca.
A
pesar del reconocimiento legal para cursar estudios universitarios, las
primeras universitarias tuvieron que superar múltiples obstáculos sociales,
como la imagen negativa que recaía sobre ellas, la necesidad de contar con el
permiso familiar para matricularse, el requerimiento de acudir acompañadas a
las aulas o el tener que sentarse en sitios especiales. También, se enfrentaron
a trabas para la expedición de títulos, para la colegiación o en el propio
ejercicio profesional25
4. CALLEJERO DE MADRID
Podemos hablar de dos grandes momentos en la historia de las calles de Madrid:
1.- De la mano del marques de la Ensenada en época de
Fernando VI con la promulgación de la “Visita General el primer Catastro”,
cuyo objeto era el cobro del aposento de Corte y para ello era
necesario numerar las manzanas y las casas de Madrid, ambicioso
trabajo que dio origen a la Planimetría
General de Madrid”.
Basándose en el
plano de 1656 de Pedro de Teixeira para Felipe IV, se recogieron todos los nombres de las calles existentes,
siendo el resultado final de la “Planimetría General” la elaboración del plano de Espinosa de los Monteros en 1769, que a pesar de haber ordenado la ciudad, contenía
errores de duplicidad de numeración de algunos edificios.26
2.- En fecha 2 de julio de 1834 se publica en la Gaceta de Madrid la
Real Orden por la que “La Puerta del Sol se considera como centro” y desde este
punto se tomará en cuantas calles hay como convergentes a la mano derecha para los números pares y la
izquierda para los impares” y “los
azulejos que indiquen el nombre de las calles tendrán un pie cuadrado y
se pondrán en la entrada y salida de ellas repetidas en ambas aceras.”
Se debe a Don Joaquín Vizcaíno y Martínez
Moles, marqués viudo de Pontejos la
organización de las calles de
Madrid, que encargó al arquitecto
municipal, Custodio Moreno, la realización de un plano topográfico, mandando numerar las calles y ponerles nombres.
En 1835 se presentó el Cuadro Alfabético de los nuevos
nombres de las calles y plazas de Madrid, y así, el 10 de marzo de ese mismo
año, se acabó con el sistema de numeración por manzana.
Se cambiaron 235 nombres de calles y plazas y
procediéndose a la de
lista definitiva de los nuevos nombres, junto con los antiguos y su
situación, en el mes de julio de 1835 en
el Diario de Avisos de Madrid22 28
Con
posterioridad a esos dos momentos en el Boletín del Estado de 14 de abril de
1938 se publica Orden del Ministerio del
Interior29 en donde se puede leer: “… prohibiendo revisiones
generales de los nombre de las vías públicas pudiendo para satisfacer el deseo de honrar la memoria
de hombres ilustres o laudables servirse de las calle nuevas..”.
En
la actualidad está vigente la Ordenanza Reguladora de la Denominación y
Rotulación de Vías, Espacios Urbanos, así como Edificios y Monumentos de
Titularidad Municipal y de la Numeración de Fincas y Edificios aprobada por
Acuerdo del Pleno, de 24 de abril de 2013, modificado con el Acuerdo del Pleno, de 28 de febrero de 2017,
en aplicación de lo establecido en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.30.
“La competencia para el otorgamiento y la
modificación de nombre de las vías y espacios urbanos, así como de edificios y
monumentos de titularidad municipal, corresponde al Ayuntamiento de Madrid”.
(art. 2), según la letra c) del artículo 3 “No podrán utilizarse nombres de personas vivas,
salvo que de manera excepcional así se considere por su extraordinaria
relevancia” y el procedimiento viene recogido en el artículo 4.
5. PORCENTAJE DE CALLES CON NOMBRES DE MUJERES ABOGADAS EN
MADRID CAPITAL
“Madrid
cuenta con 8.014 calles, de ellas 2.674,
esto es el 78,6%, con nombres de hombres
y 726 calles, esto es 21,4%, con nombres de mujeres”,31 32 dedicadas a mujeres abogadas sólo hay cuatro, Concepción
Arenal, Clara Campoamor, Victoria Kent y Mercedes Formica.
El metro de Madrid cuenta con más de 300 estaciones de
las que dedicadas a mujeres reales
solamente hay 8, incluyendo la
estación de los Reyes Católicos, (Lacoma, María Tudor, Concha Espina, Hospital
Infanta Sofía, La Latina, Manuela Malasaña
y Eugenia de Montijo) ninguna de ella es titulada en derecho. 33
6. TOPÓNIMOS
DE ABOGADAS EN LAS CALLES Y EDIFICIOS DE MADRID
Como hemos indicado existen tres calles con nombres de
juristas en Madrid y ninguna de ellas
son arterías importantes de la ciudad, y
así nos encontramos que la calle de Concepción Arenal es una
calle pequeña y sin ninguna relevancia al lado de la Gran Vía, la de
Clara Campoamor se encuentra en
Carabanchel no siendo la calle
principal de la zona, y nada
reseñable se puede decir de la calle de Victoria Kent en Vicálvaro.
Concepción
Arenal:
1.- Calle
Concepción Arenal, es una pequeña
calle que coincide con la antigua calle del Horno de la Mata, tras
la construcción de la Gran Vía lleva el nombre de Concepción Arenal, Código Postal 28004. 34
35
2.- Centro Municipal Día
Concepción Arenal y Centro Servicios Sociales situado en la
calle Javier del Quinto 12.
3.- Existía hasta 2008 Grupo
de Viviendas Concepción Arenal
entre la calle Padre Amigo y calle
Belzunegui.
5.- Estatua situada dentro del Parque del Oeste data de 1934, por
suscripción popular.
Clara Campoamor:
1.- Calle Clara
Campoamor, está situada entre
calle General Ricardos y Camino Viejo de Leganés, Código Postal 28025.
2.- Espacio de
igualdad Clara Campoamor en la calle Martínez Oviol desde 2013.
3.- Centro Socio Cultural Clara Campoamor situado en la Plaza Daoiz y Velarde 2 data del año 2018
4.- Estatua en la Plaza de la Guardia de Corps, data del año 2006.
5.- Esta previsto que la estación de Chamartín pase a llamarse
Chamartín-Clara Campoamor.
Victoria Kent:
1.- Calle
Victoria Kent sita entre la calle
Del Alto del Esparragal y Avenida Provisional Gran Vía de Vicalvaro, Código
postal 28052.
2.- Placa
en el número 5 de la calle Marqués de
Riscal, desde 2017
Mercedes Formica
Calle mercedes
Formica, situada cerca de O´Donell, antigua
calle de la División Azul
María Telo:
1.- Espacio de
Igualdad en Calle del Camino de los Vinateros
51 desde el año 2017.
7. TOPÓNIMOS
DE ABOGADAS EN LAS CALLES DE LA COMUNIDAD
DE MADRID
Concepción
Arenal: Calles: Alcalá de Henares, Alcorcón, Arganda
del Rey, Fuenlabrada, Madrid, Móstoles, Parla, Rivas-Vaciamadrid, Las Rozas,
San Martín de la Vega, Torrejón de Ardoz. Glorietas:
Valdemoro. Paseos: San
Sebastián de los Reyes.
Clara
Campoamor: Avenidas: Loeche. Calles: Aldea del Fresno,
Arganda del Rey, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Fuenlabrada,
Galapagar, Leganés, Madrid, Mejorada del Campo, Navas del Rey,
Rivas-Vaciamadrid, Las Rozas, San Agustín de Guadalix, San Sebastián de los
Reyes. Paseos: Velilla de San
Antonio.
Victoria
Kent: Calles:
Algete, Fuenlabrada, Galpagar, Leganés, Loeches, Madrid, Parla,
Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de henares. Glorietas: Valdemoro. Plazas:
Getafe
Mercedes
Formica:Calles: Las Rozas
María Telo: Calles: Galapagar.36
8. ABOGADAS OLVIDADAS EN ESPAÑA
Resulta
muy difícil hacer una selección de las grandes mujeres que decidieron estudiar Derecho
y ejercer de una forma u otra su
profesión, y que han aportado grandes logros tanto en la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres, como en el campo laboral al que se han
dedicado, por ello destacamos a alguna
de las pioneras, pero podrían ser otras tantas.
.- Carmen
López Bonilla (1898-1958). Madrileña
ingresa en la Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid en el curso
1915-1916. Es la primera mujer en España en conseguir el título de Derecho.
Tardó en ingresar en el Colegio de Abogados debido a no poder abonar las tasas,
trabajó en la Dirección General de
Seguridad del Ministerio de la Gobernación,
en el Tribunal de Garantías
Constitucionales, en el Congreso de los Diputados y en la Secretaría de las Cortes Españolas.37
.- María
Asunción Chirivella Marín (1894-1980) Pagó los derechos de expedición del título de
licenciado en Derecho el 6 de diciembre de 1921. El Colegio de Abogados de Valencia en sesión
de 12 de enero de 1922 aprueba su incorporación: “(…) se acordó acceder a
lo pedido, previa justificación de los extremos reglamentarios y acreditándose
antes el pago de las cuotas procedentes”.38
.- María
del Carmen Cuesta y del Muro (1890-1968) Realizó el Doctorado en la Universidad de Valladolid. El 15 de octubre de 1926 solicita el ingreso
en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Se vincula a la Institución
Teresiana dedicándose a la docencia en el Instituto Católico de Segunda
Enseñanza, del que sería Directora.
Participa asimismo en los debates sobre la reforma del
Código Civil, en los que llegó a realizar una interpelación al Ministerio de
Gracia y Justicia por vía de la cual exigía que los derechos civiles de las
mujeres quedasen ampliamente contemplados en las reformas legislativas.39
.- Matilde
Huici Navaz (1890-1965)
Finaliza la carrera de Derecho en 1926.
Sin dejar de ejercer su profesión y continuar dando clases en la Residencia de
Señoritas, participa en el Tribunal de Menores de Madrid y en el debate público
y político para la reforma de la Justicia en lo referente a la situación de la
mujer.
Se dedicó a la modernización del sistema de protección
de menores en España desde los gobiernos de la II República Española, donde
llegó a ser directora general. Se doctoró en Derecho, especializándose en
Criminología y en Chile crea la Escuela de Educadoras de Párvulos en la
Universidad.40
.- María Lacunza Ezcurra (1900-1984
fue la primera mujer colegiada en los colegios profesionales de San Sebastián y
Pamplona en 1927. Formó parte de las
seis mujeres españolas abogadas pioneras que actuaron en los Tribunales de Justicia Española antes
de la Guerra Civil. Fue también Secretaria del Ministerio de Agricultura.
.- Ascensión Gregorio Sedeño
(1917-1993), Concienciada por la ausencia
de derechos de las mujeres en España, dedicó
su vida a esta causa, miembro de
la Comisión de Estudios en España de la Federación Internacional de Mujeres de
Carreras Jurídicas y fue cofundadora, con María Telo, de la Asociación Española
de Mujeres Juristas de la Federación
Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas (FIFCJ). Fue la primera mujer en
pertenecer a diversos organismos, como el Instituto Nacional del Consumo y el
Fondo de Ordenación y Regulación de Precios y Productos Agrarios (FORPPA). 41
.- Concepción
Peña Pastor (1906-1960)
Obtuvo el Doctorado en Derecho. Su
actividad docente la desarrolló, en España, en el Instituto de San Isidro y en
el Cardenal Cisneros, donde llegó a ser ayudante numeraria. Al mismo tiempo,
ejerció la abogacía. Políglota, con dominio del latín, griego, francés,
italiano y portugués.
En 1923 ingresó en la Real Academia de Jurisprudencia
y Legislación, fue profesora universitaria de Derecho Civil (1941- 1942) y de
Derecho Romano (1942 -1944). También fue subdirectora de la Biblioteca Nacional
(1951).39
.- Mercedes
Formica Corsi-Hezode (1913-2002). Su
madre quiso que estudiara Bachillerato
para acceder a la universidad ingresando en la facultad de Sevilla 1932 y
continuando en Madrid donde se afilió a la Falange, y fue nombrada Delegada del
Sindicato Español Universitario en la facultad de Derecho. Alternó la abogacía
con el periodismo y en 1953 escribió en el ABC un artículo titulado “El
domicilio conyugal” en el que denunciaba la discriminación por razón de sexo en
la legislación española.41
.- María
Telo Nuñez (1915-2014). En el año 1944
accedió por oposición al Cuerpo Técnico Superior de Administración Civil del
Ministerio de Agricultura.
En 1952 se dio de alta en el Ilustre Colegio de
Abogados de Madrid, en 1973. Su trabajo fue determinante para la aprobación de
la Ley del 2 de mayo de 1975, que devolvió a la mujer su capacidad plena de
obrar al eliminar la obediencia al marido, la licencia marital y todas las
discriminaciones por razón de sexo excepto dos, la patria potestad conjunta y
la administración conjunta de los bienes gananciales, que fueron objeto de la
ley de 13 mayo de 1981 sobre “Filiación, patria potestad, y régimen económico
matrimonial”, en cuyo estudio participó activamente en la CGC.39
.- Begué
Cantón, Gloria. (1931–2016). Licenciada y doctora en Derecho
por la Universidad Complutense y licenciada, con Premio Extraordinario, en la
Facultad de Ciencias Económicas, fue además Premio Extraordinario en el Examen
de Estado en 1947, obtuvo, con el número
uno de la oposición, la cátedra de Economía Política y Hacienda Pública de la
Facultad de Derecho en la Universidad de Salamanca y se convirtió en la primera
mujer catedrática de una facultad de Derecho.
Fue nombrada senadora por designación real (1977),
entró a formar parte de las Cortes que elaboraron la Constitución de 1978.42
9. OTRAS ABOGADAS
OLVIDADAS
.- Justina Ruiz
Malaxechevarrí
obtuvo
un doctorado en Harvard dedicándose a la literatura
.- Josefina
Carabia y Sánchez Ocaña, abogada, escritora
y periodista.
.- Juliana Izuierdo
Moya, profesora, escritora y traductora.
.- Pilar Jaraiz Franco, abogada, catedrática y escritora.
.-
Luisa Cuesta Gutiérrez, abogada,
docente, investigadora y bibliotecaria.
.- Carmen Salinas Alfonso, Concepción Serra Ordóñez y Belén Landáburu González, que junto a María Telo hicieron posible la reforma del Código Civil.
10. CONCLUSIÓN
Las mujeres han jugado un papel muy destacado en el mundo
del Derecho, contribuyendo al progreso
de la sociedad, siendo posible poner en
valor esa contribución a través del callejero.
El denominar las calles, plazas, parques y jardines con nombres de mujeres, abogadas, es
ayudar a que las mujeres transiten por la ciudad, y que conquisten un lugar en ella.
Utilizar nuestro propio entorno sacando a las mujeres a las calles y dándoles el
protagonismo que se merecen, supone educar a las nuevas generaciones en
igualdad y transformar nuestra visión de
la historia.
BIBLIOGRAFÍA
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Ciudadano del Ayuntamiento. Disponible:https://marthazein.com/product/memoria-de-las-mujeres-en-el-callejero-de-madrid/
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4 La
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Disponible: http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003137390&search=&lang=es
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Gaceta de Madrid. Disponible: https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1910/068/A00497-00498.pdf
6La Gaceta de Madrid.
Disponible: https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1911/258/A00712-00718.pdf
7La Gaceta de Madrid. Disponible:
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1910/247/A00731-00732.pdf
8 Revista Nuevo
Mundo de 13 de enero de 1922 artículo de
Cristobal de Castro.
http://www.congreso.es/docu/PHist/docs/06asam/NuevoMundo_13-01-1922.pdf
9La Gaceta
de Madrid Disponible: https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1924/118/A00535-00536.pdf
10 Estampa
17 de abril de 1928. Disponible http://hemerotecadigital.bne.es/index.vm
11 La
gaceta de Madrid Disponible: https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1932/136/A01211-01212.pdf
12
La Gaceta de la Republica Disponible: https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1937/243/B00870-00871.pdf
13 La
Gaceta de Madrid Disponible: https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1931/120/A00407-00407.pdf
14 Notarios y Registradores.
Disponible: https://www.notariosyregistradores.com/web/tag/celia-puente-ojea/
15BOE Disponible https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1948/330/A05327-05327.pdf
16BOE. Disponible:
https://boe.es/boe/dias/1966/01/05/pdfs/A00102-00102.pdf
17BOE
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18Ilustre
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enero 2022