Se demanda a la aseguradora por la cancelación de dos
viajes por enfermedad (gastroenteritis
aguda y angustia por agorafobia) al tener suscrita una póliza de seguro de
anulación de viaje, dictando Sentencia la AP Madrid, Secc. 20ª, de 29 de Mayo de 2017 en la que condena a la aseguradora ARAG SE.
La cláusula
contenida en las pólizas suscritas determinaba que la anulación del viaje debe estar justificada,
entre otras causas, por enfermedad grave, debiéndose entender por ella, en
relación con el asegurado, "una alteración de la salud que implique
hospitalización o necesidad de guardar cama, dentro de los siete días previos
al viaje, y que médicamente imposibilite el inicio del viaje en la fecha
prevista"
La cláusula no resulta clara, y de ello sólo puede responsabilizarse
a la aseguradora redactora de la misma dado que es redundante al exigir una alteración de la salud o enfermedad que
precise hospitalización o guardar cama, y por otro, que además se indique
médicamente la imposibilidad de viajar, y lo que obviamente va implícito en la
hospitalización o en el hecho de tenerse que guardar cama.
Interpretando la cláusula
con la intencionalidad que parece
encerrar, y a su vez con el sentido literal de sus palabras, siempre en beneficio del asegurado, y habida
cuenta que no puede hacerse a favor de la aseguradora por razón de lo
establecido en el art. 1.288 del CC , debe concluirse que lo relevante del
riesgo cubierto no es tanto la gravedad objetiva de la enfermedad en sí que se
padezca o se esgrima, sino si médicamente está contraindicada la realización
del viaje, independientemente de si precisa o no de hospitalización o guardar
cama, o simplemente reposo, que obviamente ha de considerarse incluido en esta
otra segunda circunstancia.
Por tanto, y
partiendo de tal premisa, concluye la sentencia e que las causas aducidas por
los actores para cancelar el viaje combinado contratado constituían riesgos
cubiertos por la póliza, y que por ello tienen derecho a reclamar a la
aseguradora recurrente la indemnización correspondiente por razón de las
pólizas suscritas.
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Octubre 2017