¿ Derecho a conocer el nombre de las personas vacunadas del COVID-19 sin estar dentro protocolo?

 


Nos hemos sorprendido con la noticia que ha habido “más de uno” que se ha vacunado sin que le correspondiese vacunarse según el protocolo, justificándose la imposibilidad de facilitar sus nombres en base a la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Partimos de nuestra defensa a ultranza del derecho a la intimidad y a la protección de datos, (que sería de nosotros, los ciudadanos, sin esa protección), pero hablamos de las personas que se han vacunado, en este momento sin tener derecho a hacerlo.

Se argumenta que el Reglamento General de Protección de Datos en su artículo 9 prohíbe el tratamiento de datos relativos a la salud, pero no estamos hablando de salud sino de control de la actividad pública.




No se pueden seguir utilizando la protección de datos, para ocultar y esconder los datos de las personas que, en una pandemia, han vulnerado los protocolos de vacunación, debiendo primar el interés público de la ciudadanía.

Sirva de ejemplo el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) que ha ordenado al Ministerio de Sanidad dar a conocer los nombres del comité de expertos basándose en que:

"No solamente no atenta contra los datos personales de los afectados, sino que contribuye al control de la actividad pública y a que los ciudadanos conozcan el proceso de toma de decisiones relevantes en materia de salud pública, máxime en situaciones extraordinarias, como la producida por la pandemia de COVID19”.

 febrero 2021