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A VUELTA CON LOS PISOS TURÍSTICOS COMUNIDAD DE MADRID
El Tribunal Supremo ha anulado a dos requisitos del Decreto 79/2014 de la Comunidad de Madrid que regula los apartamentos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid.
Los dos requisitos anulados son la necesidad de visado por el colegio profesional correspondiente del plano de la vivienda que si debe ir firmado por un técnico competente y la obligación a hacer constar en toda forma de publicidad el número de referencia de su inscripción en el Registro de Empresas Turísticas.
Ya el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en fecha de 31 Mayo 2016 había declarado la nulidad la disposición que las viviendas de uso turístico "...no podrán contratarse por un periodo inferior a cinco días..." contenido en el mismo.
Diciembre 2018