A VUELTA CON LOS PISOS TURÍSTICOS COMUNIDAD DE MADRID



El Tribunal Supremo  ha anulado a dos requisitos del  Decreto 79/2014  de la Comunidad de Madrid que regula los apartamentos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid.

Los dos requisitos anulados son   la necesidad de visado por el colegio profesional correspondiente del plano  de la vivienda  que si debe ir firmado por un técnico competente  y la obligación a hacer constar en toda forma de publicidad el número de referencia de su inscripción en el Registro de Empresas Turísticas.

Ya el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en fecha  de 31 Mayo 2016 había declarado la nulidad la disposición que las viviendas de uso turístico "...no podrán contratarse por un periodo inferior a cinco días..." contenido en el mismo.
Diciembre 2018