Ley Concursal y sus modificaciones constantes


Ley 17/2014 de 30 de septiembre y el R.D.-ley 11/2014 de 5 de septiembre.

La necesidad de modificar las normas una y otra vez, en períodos breves de tiempo, sólo concluye  en la incompetencia  para legislar, recordando a nuestros gobernantes como decía  Oscar Wilde  "No existen más que dos reglas para escribir: tener algo que decir y decirlo".

La ley Concursal ha sido modificada 22 veces  desde su publicación, año 2003  y ha sufrido 4 modificaciones en el año 2014:
.-  La Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.

 .- R.D.-ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.
 .- R.D.-ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal («B.O.E.» 6 septiembre).Vigencia: 7 septiembre 2014.

.- Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.
Nuestro gobierno le ha cogido gusto  a titular a las leyes con rimbombantes nombres, ajenos normalmente al contenido de la norma, y a utilizar la palabra “urgente”  para utilizar la figura del Real Decreto.

La Ley 17/2014 de 30 de septiembre en lo esencial convalida reproduciendo el Real Decreto Ley 11/2014 de 5 de septiembre.
Y si en lo esencial  la Ley 17/2014 de 30 de septiembre convalida el Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo, que necesidad y urgencia había en dicho Decreto.

Si es del todo cierto, que la Ley 17/2014 introduce  una nueva regulación en materia de administradores concursales (conocida por todo el mundo antes de la aprobación del R.D.L. 4/2014) pero  que  según la Disposición transitoria segunda Régimen de la administración concursal los artículos  27, 34 y 198  de la Ley 22/2003 de 9 de julio no entrará en vigor  hasta que lo haga su desarrollo reglamentario, que deberá aprobarse, a iniciativa de los Ministerios de Justicia y de Economía y Competitividad, en un plazo máximo de seis meses.
Octubre 2014