LA COMPRA VIVIENDA Y DESAPARICIÓN PROMOTORA. SOLUCIONES


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SE PUEDE  RECUPERAR TU DINERO .
 
 ¿ERES  COOPERATIVISTAS Y NO TIENES TU VIVIENDA?
 

¿COMPRASTE TU CASA A UNA PROMOTORA DE VIVIENDAS Y AUN NO LA TIENES?
¿NO SE CUMPLIERON LOS PLAZOS EN L ENTREGA DE TU CASA?
¿QUE PLAZO TENGO PARA RECLAMAR?
¿A QUIEN RECLAMO??
¿LA PROMOTORA HA DESAPARECIDO?
 
Todas estas preguntas las iremos respondiendo, en una serie de artículos que vamos a dedicar a la reclamación por la compra de una vivienda o por ser cooperativista y no tener tu Vivienda.
 
PLAZO PARA RECLAMAR  

Según la Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de enero de 2015,  el  plazo para demandar a un  banco, que permitió que una cooperativa o promotora vendiera pisos  sin el seguro o aval obligatorio es de 15 años.

 Las cooperativas y las promotoras  deben tener un seguro o aval bancario que garantice a los compradores la recuperación de su dinero en caso que la promoción no se termine en los plazos previstos o no se termine.

El banco es el responsable de que existe un seguro o aval efectivamente  y es por ello  que es el banco el obligado a  devolver a los compradores los pagos que realizaron a cuenta de sus viviendas o de la compra del terreno para construir.

Hasta esta Sentencia se consideraba que era una responsabilidad extracontractual y el plazo era de un año, a partir de esta Sentencia el plazo ha quedado establecido en 15 años, que  es una excelente  noticia para los cooperativistas y compradores, declarando el Supremo que se trata de  una obligación ex lege y no contractual.


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