Conducir sin tener el permiso es un Delito aunque no se cometa ninguna infracción.

Conducir sin tener el carnet es un Delito aunque no se cometa ninguna infracción.

El Tribunal Supremo  en Sentencia de  26 de abril de 2017 declara que es un delito  contra la seguridad vial, previsto y penado en el art. 384.2 del Código Penal conducir un vehículo de motor  sin haber obtenido en ningún momento permiso de conducir o licencia que le habilite oficialmente para conducción de vehículos  sin necesidad de haber cometido infracción alguna, ni haber realizado ninguna maniobra antirreglamentaria.

 El delito consiste en conducir un vehículo de motor sin haber obtenido nunca la licencia administrativa, y no requiere, por su naturaleza misma, la creación de un riesgo concreto para la seguridad vial; se comete por el propio riesgo generado para la circulación vial al carecer el acusado de las comprobaciones oportunas de las características físicas y la aptitud mental, así como los conocimientos teórico-prácticos que le habiliten para llevar a cabo tal conducción.


El tipo penal interpretado es un delito de peligro abstracto, no siendo necesaria la  exigencia de un peligro concreto para la seguridad vial, sino la realización exclusivamente de la conducción de un vehículo de motor sin la correspondiente habilitación administrativa, por no haberla ostentado nunca quien pilota tal vehículo de motor. 
Junio 2017