1 ENERO DE 2015 Y LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS

ARRENDAMIENTOS URBANOS

. El día 1 de enero de 2015 se cumple 20 años de la entrada en vigor de la Ley de Arrendamientos Urbanos y supone la finalización de los Contratos de arrendamiento de local de negocio, celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985 y cuyos arrendatarios sean personas jurídicas.

Según la Disposición Transitoria tercera en su aparatado 4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, cuando el arrendatario sea una persona jurídica, la extinción de los contratos en los que se desarrollen actividades económicas (las comprendidas en la División 6 del Impuesto sobre Actividades Económicas) se producirá en un plazo de veinte años a contar desde la entrada en vigor de la Ley, salvo si los locales exceden de 2.500 metros cuadrados.

Por desgracia  creemos, que  aunque quedan  contratos en vigor, la situación económica ha hecho que poco a poco se hayan ido resueltos muchos de dichos contratos, pero aun así sirva de aviso tanto a los arrendatarios como a los arrendadores.