COMO
LEGISLAR TODO Y OCULTAR LO QUE SE
LEGISLA.
críticas a la forma de legislar del
gobierno de D. Mariano Rajoy junto con
su Vicepresidenta Doña Soraya Sainz de Santamaría al ser incompatible con el derecho de defensa
y con los más elementes principios democráticos:
1.- La cantidad de
normas aprobadas:
Leyes Orgánicas: 4. Leyes: 15. R.D.L.: 12
.- Año 2013:
Leyes Orgánicas: 9. Leyes: 27. R.D.L. :17
R.D. Legislativo:1
.- Año 2012:
2.- La utilización de la figura del Real
Decreto en base a una supuesta
concurrencia de “cirircunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que
exige el artículo 86 de la Constitución como presupuesto habilitante para
recurrir a esta figura normativa”
3.- El maremágnum
de normas:
.- Modificaciones
continuas de las misma normas (Ley Concursal por ejemplo).
.- Aprobación
de forma encubierta de modificación de leyes.
El gobierno mediante rimbombantes nombres
apruebas leyes y reales decretos en cuyo contenido, de tapadillo, se modifican
otras leyes, creándose no sólo una confusión de normas sino un verdadero atentado contra la Seguridad
Jurídica
Dos simples ejemplos sirven para ilustrar
como se aprueban a escondidas la
modificación de normas mediante la aprobación de una ley o Real Decreto que no tiene nada que ver ni su nombre ni en principio
su contenido:
Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de
julio, de Seguridad Aérea
Modificación de la Ley 39/2003, de 17
de noviembre, del Sector Ferroviario.
Modificación de la Ley 17/2012, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013
Modificación del texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/1994, de 20 de junio.
Modificación de la Ley 56/2003, de 16
de diciembre, de Empleo.
Modificación del texto refundido de la
Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Modificación del texto refundido de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/1995, de 24 de marzo
Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de
julio, Concursal
Modificación de la Ley 36/2011, de 10
de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Modificación del Real Decreto
1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación
Modificación del Real Decreto 625/1985,
de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de
protección por desempleo colocación
Modificación del Real Decreto
1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los
procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de
jornada.
Aplicación de la Decisión de la
Comisión Europea de 17 de julio de 2013, relativa al régimen fiscal aplicable a
determinados acuerdos de arrendamiento financiero.
Modificación del Real Decreto-ley
8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las
administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas
financieros
2.- Real Decreto-ley
11/2014, de 5 de septiembre, “de medidas urgentes en materia concursal “en
su Disposición final
tercera modificación el apartado 4 del artículo 695 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de
Enjuiciamiento Civil y lo que es más grave en su Disposición Transitoria Cuarta dispone de un plazo
preclusivo de un mes para
formular recurso de apelación, desde la publicación de esta norma.