COMPRAS POR INTERNET. DERECHO DE DEVOLUCIÓN DEL CONSUMIDOR.





La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RD 1/2007 de 16 de noviembre) regula en sus artículos 92 y siguientes los contratos celebrados a distancia con los consumidores y usuarios, estableciendo entre ellos los celebrados a través de internet.

En su artículo 102 establece el derecho de desistimiento del contrato, siendo dos sus características fundamentales:

1º Debe efectuarse en el plazo de 14 días naturales.
2º No es necesario alegar motivo para su ejercicio.

El plazo comenzará a contar desde el momento en que el consumidor tenga a su disposición el bien adquirido, cuando se trate de contratos de venta o desde la celebración del contrato si se tratase de contratos de servicios.

Este plazo, si el empresario no hubiese facilitado al consumidor información acerca de su derecho de desistimiento,  se ampliará por un plazo de un año.

No es necesario para el consumidor alegar motivo alguno para el ejercicio de este derecho, únicamente es necesario que comunique al empresario, dentro del plazo, su decisión de ejercitar el derecho de devolución.





Es importante que el ejercicio de este derecho no viene subordinado a la devolución del producto adquirido en el momento de comunicar al empresario el desistimiento; la devolución del producto debe efectuarse dentro de un nuevo plazo de 14 días que comenzarán a contar desde el momento de comunicarse al empresario el desistimiento del contrato, siendo los gastos de devolución a cuenta del consumidor salvo que el empresario se hubiese obligado a ellos o no hubiese informado al consumidor que serían de su cuenta en caso de desistimiento.

Así mismo el empresario tiene la obligación de proceder al rembolso del importe de la compra en el plazo de 14 días desde que el consumidor le comunicó el desistimiento, si no lo hiciese así el consumidor podrá solicitar que se le pague el doble de las cantidades abonadas.

El empresario podrá retener la devolución de las cantidades aún transcurrido el plazo de 14 días, hasta que reciba los bienes o el consumidor acredite que ha procedido a su devolución, salvo que se hubiese comprometido el mismo a su retirada.
 Diciembre 2016

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