CONSUMIDORES Y LA INSEGURIDAD JURÍDICA


En la actualidad, y en los asuntos que afectan a los consumidores, de forma alarmante, nos encontramos  que es una  lotería vivir en una  Comunidad Autónoma o en otra y en que es una lotería que tu demanda caiga en un Juzgado o en otro.
Lo hemos visto con las acciones de Bankia donde han existido Sentencias favorables a Bankia (que no se podían apelar), Sentencias que sólo condenaban a Bankia a la devolución el 70%, Sentencias sin condena en costas a Bankia, y Sentencias favorables al consumidor incluyendo costas e intereses.

Las propia Audiencia Provincial de Madrid ha tenido  diferentes criterios, según la sección, en relación con la compra de acciones de Bankia fuera de la OPS. 
Lo mismo ha ocurrido con las cláusulas suelo, hasta la sentencias del Supremo de mayo de 2013 e incluso con sentencias posteriores a esta fecha y anteriores a la Sentencia del pasado mes de diciembre del Tribunal de  Justicia  de la Unión Europea.
En la actualidad observamos el mismo panorama con la nulidad de la cláusula que obliga al prestatario de la hipoteca a abonar los impuestos de Actos Jurídicos Documentados, existiendo Juzgados y Audiencias Provinciales con diferentes criterios y así nos encontramos que mientras la Audiencia Provincial de Oviedo entiende que no son nulas, la Audiencia Provincial de Pontevedra entiende que son nulas  y ello a pesar de existir una sentencia del Supremo de 23 diciembre 2015 que se refiere concretamente a este impuesto y que  considera abusiva la carga de satisfacer su coste de forma total y absoluta al prestatario. 

No puede ser que los ciudadanos estemos al albur de la Comunidad Autónoma donde vivimos o de que Juzgado nos toca en suerte para tener una sentencia en un sentido o en otro.  Enero 2017
www.diazcano-abogados.com/