DELITOS PERSONAS JURÍDICAS: COMPLIANCE




Desde este Despacho estamos desarrollando sistemas de prevención de delitos en Pymes y Empresas de Tamaño Medio, que puedan permitir a los clientes protegerse ante el caso que cualquiera de sus trabajadores o responsables pudiera cometer delito que pueda suponer el fin de la actividad.

En España se ha seguido la tradición jurídica que las empresas o sociedades no pueden delinquir; en el año 2010 se modificó el Código Penal y las empresas pasaron a poder ser responsables penales de delitos cometidos por sus trabajadores o gerentes, no pudiendo ir a la cárcel (todavía no hay prisiones para empresas) pero si pudiendo ser condenadas a fuertes multas económicas y al cierre temporal de la empresa lo que lógicamente supone su muerte mercantil.

En el año 2015, el compulsivo legislador, modificó nuevamente el Código Penal y consideró que las empresas que tengan implantados unos sistemas de control interno de sus actuaciones y la sus empleados en aras de evitar cualquier posible delito, no podrían ser penadas por la comisión de delitos.

El legislador carga a las empresas con la obligación de control exhaustivo de sus formas de funcionar para lo que necesitan la adaptación de sistemas de control interno, esto es lo que en términos anglosajones, de donde proviene, se denomina COMPLIANCE .

Las empresas, ya sean Pymes o Grandes Empresas, deberán implantar dentro de las mismas unos programas de prevención de posibles delitos y unos sistemas de control para evitar que por parte de sus trabajadores o representantes pueda cometerse irregularidades y es conveniente que dichos sistemas se apliquen desde ya para poder hacerlos constar en las próximas cuantas anuales que hay que presentar en el Registro Mercantil.
Abril 2016