FAMILIA: ABUELOS:ALIMENTOS Y GASTOS EXTRAORDINARIOS NIETOS




Alimentos y Gastos Extraordinarios a cargo de los abuelos:

Sentencia T.S. de 02/03/2016
Se solicita a que los abuelos maternos y paternos abonen:
1.- en concepto de alimentos ante la insolvencia de los padres), concluye la Sentencia que los abuelos tienen obligación de afrontar los gastos que generen sus nietos, ante la insolvencia de los padres, de acuerdo con lo establecido en el art. 142 del C. Civil y con respeto estricto del principio de proporcionalidad ( arts. 145 y 146 C. Civil ), ( sentencias de 21 y 27 de octubre de 2015 , recursos 1369 y 2664 de 2014 ).

2.- Gastos Extraordinarios pago de los gastos extraordinarios (música y apoyo) concluye la Sentencia que los mismos solo se recogen en el art. 93 del C. Civil para las relaciones entre padres e hijos, pero no para el caso de abuelos con nietos, relación ésta que tiene su regulación en el art. 142 del C. Civil para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica
Marzo 2016